Practica con nuestro Test Título III Estatuto de los Trabajadores y consigue tu aprobado con la ayuda de Leyestest.com
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Como resultado de la negociación desarrollada por los representantes de los trabajadores y de los empresarios, constituyen la expresión del acuerdo libremente adoptado por ellos en virtud de su autonomía colectiva:
Los convenios colectivos tendrán el ámbito de aplicación:
Dentro del respeto a las leyes, los convenios colectivos podrán regular materias de índole:
Los convenios colectivos habrán de expresar como contenido mínimo:
Corresponde establecer la duración de los convenios:
Salvo pacto en contrario, los convenios colectivos se prorrogarán si no mediara denuncia expresa de las partes:
En representación de los trabajadores estarán legitimados para negociar en los convenios de empresa y de ámbito inferior (señala la incorrecta):
En los convenios sectoriales estarán legitimados para negociar en representación de los trabajadores:
Tendrá derecho a formar parte de la comisión negociadora:
La designación de los componentes de la comisión negociadora corresponderá a las partes negociadoras, quienes de mutuo acuerdo podrán designar un presidente y contar con la asistencia en las deliberaciones de asesores, que intervendrán, igual que el presidente:
En los convenios sectoriales el número de miembros en representación de cada parte no excederá de:
Los convenios colectivos a que se refiere esta ley han de formalizarse:
Los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral competente, a los solos efectos de registro, dentro del plazo de:
Se dispondrá por la autoridad laboral su publicación obligatoria y gratuita en el «Boletín Oficial del Estado» o en el correspondiente boletín oficial de la comunidad autónoma o de la provincia, en función del ámbito territorial del convenio:
El convenio entrará en vigor en:
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