Practica con nuestro Test Libro Cuarto Título II y III Ley 9-2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y consigue tu aprobado con la ayuda de Leyestest.com
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Tiene por objeto la inscripción de los datos y circunstancias que resulten relevantes para acreditar las condiciones de aptitud de los empresarios para contratar con las Administraciones Públicas y demás organismos y entidades del sector público, incluidas las facultades de sus representantes y apoderados, así como la acreditación de todo ello ante cualquier órgano de contratación del sector público:
En el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público se harán constarlos datos relativos a las clasificaciones otorgadas a los empresarios por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado:
En el Registro podrán constar, cuando así lo solicite el interesado, los siguientes datos y circunstancias relativas a los empresarios (señala la incorrecta):
Las Comunidades Autónomas:
Los empresarios inscritos en los registros de licitadores y empresas clasificadas están obligados a poner en conocimiento del registro:
Respecto a los Registros Oficiales de Licitadores y Empresas Clasificadas los interesados:
El órgano competente de la llevanza del Registro de licitadores y empresas clasificadas procederá a la rectificación de oficio de los datos inscritos cuando se verifique que los datos de un asiento son:
El Registro de licitadores y empresas clasificadas:
El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público:
El Ministerio de Hacienda y Función Pública mantendrá un Registro de Contratos, en el que se inscribirán:
Constituye el sistema oficial central de información sobre la contratación pública en España:
La información sobre la contratación pública deberá estar sistematizada siguiendo formatos y estándares abiertos adoptados:
Los poderes adjudicadores comunicarán al Registro de Contratos del Sector Público, para su inscripción, los datos básicos de los contratos por ellos adjudicados, entre los que figurará:
Las comunicaciones de datos de contratos al Registro de Contratos del Sector Público se efectuarán por medios:
A partir de los datos y análisis proporcionados por el Registro de Contratos del Sector Público, el Gobierno elevará a las Cortes Generales un informe sobre la contratación pública en España:
La Dirección General del Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda y Función Pública pondrá a disposición de:
Podrán establecer servicios de información similares a la Plataforma de Contratación del Sector Público:
Los órganos de contratación de las Administraciones locales:
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