Practica con nuestro Test 10 Libro Segundo Título I Ley 9-2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y consigue tu aprobado con la ayuda de Leyestest.com
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Respecto a la fecha de aprobación de las certificaciones de obra o de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados, la Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los:
El contratista podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato si la demora en el pago fuese superior a:
El contratista tendrá derecho a resolver el contrato y al resarcimiento de los perjuicios que como consecuencia de ello se le originen. si la demora de la Administración fuese superior a:
Transcurrido el plazo establecido, los contratistas podrán reclamar a la Administración contratante el cumplimiento de la obligación de pago. Si, transcurrido el plazo de un mes, la Administración no hubiera contestado, se entenderá reconocido el vencimiento del plazo de pago y los interesados podrán formular:
Respecto al procedimiento para hacer efectivas las deudas de las Administraciones Públicas, la sentencia condenará en costas a la Administración demandada:
Respecto a la transmisión de los derechos de cobro (señala la incorrecta):
Los órganos de contratación tomarán las medidas pertinentes para garantizar que en la ejecución de los contratos los contratistas cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas:
Los órganos de contratación podrán establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que:
Sin perjuicio de los supuestos previstos en esta Ley respecto a la sucesión en la persona del contratista, cesión del contrato, revisión de precios y ampliación del plazo de ejecución, los contratos administrativos solo podrán ser modificados:
Cuando en los pliegos de cláusulas administrativas particulares se hubiere advertido expresamente de esta posibilidad, los contratos de las Administraciones Públicas podrán modificarse durante su vigencia hasta un máximo de:
En ningún caso los órganos de contratación podrán prever en el pliego de cláusulas administrativas particulares modificaciones que puedan alterar la naturaleza global del contrato inicial. En todo caso, se entenderá que se altera esta si (señala la incorrecta):
En los supuestos de modificación del contrato recogidas en el artículo 205, las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para los contratistas cuando impliquen:
Si la Administración acordase la suspensión del contrato o aquella tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 198.5, se extenderá un acta:
Acordada la suspensión del contrato la Administración abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por este, salvo que el pliego que rija el contrato establezca otra cosa, dicho abono solo comprenderá los siguientes conceptos:
Respecto a la suspensión de los contratos:
Respecto a la suspensión de los contratos el derecho a reclamar prescribe:
Los contratos se extinguirán:
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración:
La constatación del cumplimiento del contrato exigirá por parte de la Administración un acto formal y positivo de recepción o conformidad:
En los contratos se fijará un plazo de garantía, transcurrido el cual sin objeciones por parte de la Administración, salvo los supuestos en que se establezca otro plazo en esta Ley o en otras normas, quedará extinguida la responsabilidad del contratista. Dicho plazo de garantía se contará desde:
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