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LOS TRABAJADORES TIENEN DERECHO A PROTECCIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. ¿CÓMO DEBE SER ESTA PROTECCIÓN?:
El empresario podrá asumir personalmente el deber de prevención de riesgos profesionales, siempre que desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo y tenga la capacidad necesaria, en las empresas de:
El empresario someterá su sistema de prevención al control de una auditoría o evaluación externa:
La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo estará integrada por:
La presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos, cualquiera que sea la modalidad de organización de dichos recursos, será necesaria:
SEGÚN LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, LOS DATOS RELATIVOS A LA VIGILANCIA DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES, PODRÁN SER USADOS CON FINES DISCRIMINATORIOS O EN PERJUICIO DEL TRABAJADOR:
EN LA LEY 31/1995 DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, LA DEFINICIÓN «CUALQUIER CARACTERÍSTICA DEL TRABAJO QUE PUEDA TENER UNA INFLUENCIA SIGNIFICATIVA EN LA GENERACIÓN DE RIESGOS PARA LA SEGURIDAD Y LA SALUD DEL TRABAJADOR» SE CORRESPONDE A:
LA LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, ESTABLECE QUE EL EMPRESARIO APLICARÁ LAS MEDIDAS QUE INTEGRAN EL DEBER GENERAL DE PREVENCIÓN CON ARREGLO A LOS SIGUIENTES PRINCIPIOS GENERALES: (SEÑALE LA RESPUESTA INCORRECTA)
Corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social:
En cumplimiento del deber de prevención de riesgos profesionales, el empresario:
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