Practica con nuestro Test 7 Título I Estatuto de los Trabajadores y consigue tu aprobado con la ayuda de Leyestest.com
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Respecto a las gratificaciones extraordinarias:
Gozarán de preferencia sobre cualquier otro crédito los créditos salariales:
El plazo para ejercitar los derechos de preferencia del crédito salarial a contar desde el momento en que debió percibirse el salario es de:
Abonará a los trabajadores el importe de los salarios pendientes de pago a causa de insolvencia o concurso del empresario:
A los efectos del pago de salarios pendientes, se considerará salario la cantidad reconocida como tal en acto de conciliación o en resolución judicial, así como los salarios de tramitación en los supuestos en que legalmente procedan, sin que pueda el Fondo abonar, por uno u otro concepto, conjunta o separadamente, un importe superior a la cantidad resultante de:
El importe de la indemnización, a los solos efectos de abono por el Fondo de Garantía Salarial para los casos de despido o extinción de los contratos, se calculará sobre la base de:
El derecho a solicitar del Fondo de Garantía Salarial el pago de las prestaciones prescribirán desde la fecha del acto de conciliación, sentencia, auto o resolución de la autoridad laboral en que se reconozca la deuda por salarios o se fijen las indemnizaciones:
La duración de la jornada de trabajo será la pactada:
La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de:
Mediante convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se podrá establecer la distribución irregular de la jornada a lo largo del año. En defecto de pacto, la empresa podrá distribuir de manera irregular a lo largo del año:
La distribución irregular de la jornada a lo largo del año deberá respetar en todo caso los periodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la ley y el trabajador deberá conocer el día y la hora de la prestación de trabajo resultante de aquella con un preaviso mínimo de:
Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo:
Salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otra distribución del tiempo de trabajo diario, el número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá ser superior a:
Los trabajadores menores de 18 años no podrán realizar más de:
Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de:
Respecto a las horas extraordinarias:
Salvo el exceso de horas trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes, el número de horas extraordinarias no podrá ser superior a:
A los efectos de lo dispuesto en esta ley, se considera trabajo nocturno el realizado:
La jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos no podrá exceder de:
Respecto al trabajo nocturno:
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